Actualidad

30 Abril 2017

ACTUALIDAD INSPECCIÓN DE TRABAJO

Ya no es necesario el registro de horas de los trabajadores a tiempo completo.

En el último año ha habido confusión en las empresas a la hora de llevar el registro de horas de los trabajadores ya el Real Decreto Ley 16/2013 establece la obligatoriedad para los contratos a tiempo parcial, sin embargo dos sentencias de la Audiencia Nacional y el Plan de Control 2016 de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, extendió la obligatoriedad de llevar el registro de horas de toda la plantilla, tanto los que están a tiempo parcial como los de jornada completa. Estableciendo multas desde los 626 euros hasta los 6.250 euros.
 
Según la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de marzo de 2017, pone fin a esta obligación de llevar el registro de horas de la jornada diaria de toda la plantilla, sino únicamente de las horas extras realizadas.
 
Ante esta nueva situación ¿Cómo va a actuar a partir de ahora la Inspección de Trabajo?
 
A pesar de que la resolución del Tribunal no sienta jurisprudencia porque requiere que haya más de una sentencia en la misma línea, lo previsible es que se modifique la normativa sobre el registro de la jornada, y en concreto, la Instrucción 3/2016 de la Inspección de trabajo. Entretanto habrá que ver qué ocurre caso por caso. Según afirma Miguel Pastur "previsiblemente quedarán sin efecto los procedimientos abiertos y las sanciones que aún no sean firmes".